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LA PREGUNTA CLAVE: ¿DE QUIEN ES LA FUNDACIÓN BANCAJA?

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SI CLARO… ¿DE QUIEN ES?

En nuestra respuesta a las amenazas de los actuales dirigentes de la Fundación incluíamos ese punto.

Al margen de dar intregra la respuesta, empezamos por algunos parrafos que responden a la pregunta clave.

¿Quién es el titular o propietario de Bancaja ( caso de existir) o de la Fundación Bancaja?

Entendemos que, por su misma constitución y estructura societaria, la Fundación Bancaja no es patrimonio de sus rectores ni siquiera de los rectores de sus rectores.

La fundación Bancaja es de todos los ciudadanos, en principio, de la Comunidad Valenciana.

Si bien el ordenamiento jurídico hace que la dirección de estas empresas recaiga en personas determinadas, estas personas son en última instancia meros representantes de los ciudadanos.

A tal efecto, y al menos en la empresa matriz, Bancaja, los órganos de gobierno eran elegidos, al menos parte de ellos, por los ciudadanos a través y proporcionalmente de los representantes del pueblo valenciano en la figura de sus diputados. En otra parte clientes, empleados, asociaciones ciudadanas de consumidores, e incluso la entidad fundadora aportaban integrantes de los órganos de gobierno. El que la perversión del sistema, la escasa dedicación o preparación de las personas elegidas e incluso las actuaciones que, pudiendo ser delictivas, están investigándose en la actualidad por la justicia, no desvirtúan el hecho principal:

Que lo que podríamos llamar “nuda propiedad” tanto de Bancaja como de Fundación Bancaja es de todos y cada uno de los ciudadanos (o como ahora parece obligado decir, ciudadanos y  ciudadanas).

Tan es así, que de ello se desprende la misma existencia de la Obra Social, como instrumento obligado de revertir en la sociedad los beneficios alcanzados, entendiéndose por tanto que vuelven los beneficios a los tenedores de la propiedad.

Y todo ello es más acusado aún en el caso de la Fundación, mero instrumento para el fin. La fundación Bancaja, tenga el patrimonio que tenga y la dirija circunstancialmente quien la dirija, es el instrumento de la Obra Social y por tanto su propiedad es de todos, incluido en ese “todos” los ciudadanos individualmente o agrupados en asociaciones que, como es el caso, pretenden además ayudar a que pervivan los valores de retorno a la sociedad en su conjunto, de los beneficios sociales, sin sectarismos, sin amiguismos, sin nepotismos y sin tantos otros defectos como, a nuestro juicio, podían estar llevándose  a cabo actualmente.

 

 

 


 

 Y AQUI VA EL ROLLO DE LA CARTA ENTERA QUE DESMONTA LOS ARGUMENTOS USADOS PARA AMENAZARNOS

 

 

 

 

 

ASUNTO: Su burofax DAJ-48/2013

 

 

 

Estimada Sra:

 

 

 

En contestación a su burofax de referencia, le informamos que ya lo hemos hecho llegar a nuestros asesores legales para su estudio, por si fuera necesario su concurso en un futuro.

 

No obstante lo cual, nos parece oportuno responder a su escrito, a fin de aclarar una serie de afirmaciones que en el mismo se hacen.

 

 

 

1.- Suponemos que Uds. habrán podido comprobar que la Asociación, registrada en el departamento correspondiente a Asociaciones sin ánimo de lucro de la Generalitat Valenciana, se denomina “Salvar la Fundación – Salvem la Fundació”. Es obvio que el objeto de esta asociación, y así se recoge en los preceptivos estatutos presentados y aprobados, es la Fundación Bancaja, y en los mencionados estatutos se recogen también los objetivos que respecto a ella tiene nuestra asociación.

 

 

 

2.-  En cualquiera de los portales al efecto pueden comprobar que los dominios salvarfundacion.org y salvarfundacionbancaja.org están registrados a nombre de nuestro presidente y que por tanto pueden ser usados por la asociación.

 

 

 

3.- De su escrito se desprende que la Fundación Bancaja tiene registrada su marca en clase 41, no apareciendo como titular del resto de clases, por lo que cualquiera podría pedir este registro en clases diferentes y, en consecuencia, utilizarlo.

 

 

 

4.- Que este registro limitado proporciona, a su poseedor, una protección contra prácticas comerciales lesivas por parte de terceros, como acertadamente reflejan en su escrito; ahora bien, todo lo anterior queda sin valor al tratarse de una asociación sin ánimo de lucro, que no importa ni exporta productos con ninguna marca y que, por tanto, es imposible que cree ninguna confusión en el mercado ya que no hay mercado alguno que confundir.

 

 

 

5.- En cuanto a la percepción de los consumidores a la que aluden, como no hay ningún producto que consumir no sabemos que percepción respecto a la procedencia del producto puede resultar confusa. Amén que el mero hecho de incluir la denominación de nuestra asociación en todos los documentos que de ella emanan, “Salvar la Fundación”, evita de manera absoluta cualquier confusión  con su representada, es más y “sensu contrario” nos posiciona como entidad diferenciada, incluso se podría decir antagónica, respecto a la actual Fundación Bancaja, cuya estructura y fines primitivos se pretenden “salvar”.

 

 

 

6.- De los anteriores puntos y conjuntamente con la naturaleza de la asociación “Salvar la Fundación – Salvem la Fundació” se desprende que no hay ni se pretende ningún aprovechamiento indebido de una marca que esté registrada en la clase 41.

 

 

 

7.- Respecto a lo que Uds. denominan “Picasso Ambulante”, suponemos que es una nomenclatura figurada, ya que de tratarse realmente de Picasso, tendríamos que estar tratando con la “Picasso Administation” y no con su segundo mandante.

 

 

 

8.- Si bien es cierto que la marca “Colección Bancaja” está registrada en las clases 16, 35 y 41, no lo está en el resto de clases por lo que lo referido en el punto 3 de este escrito resulta de aplicación.

 

 

 

9.- También es cierto que la figura del, llamémosle “Pintor Ambulante” para evitar nuevos problemas, forma parte de la marca española nº 2.548.617, pero no es menos cierto que la creación de la misma, según hemos podido saber, fue realizada por la empresa de comunicación y diseño MacDiego S.L.

 

 

 

10.- Y resulta que tras una conversación con D. Diego Ruiz de la Torre y Gómez de Barreda, titular de MacDiego S.L., hemos obtenido una autorización verbal, que podríamos elevar a escrita si fuere necesario, para el uso de la susodicha figura. Y según hemos podido constatar, al margen del registro de la referida marca, la figura se realizó para un uso puntual en una campaña de comunicación, no obrando, hasta donde hemos podido averiguar, ningún documento de cesión indefinida de la misma a favor de Fundación Bancaja.

 

 

 

11.- Como quiera que la figura que hemos llamado a efectos de este escrito “Pintor Ambulante”, no se utiliza conjuntamente con la marca denominativa “Colección Bancaja” y en cualquier caso, además de lo expresado en el punto anterior, no se pretende hacer ningún uso comercial (como hemos venido repitiendo constituimos una asociación sin ánimo de lucro) no creemos incurrir en ningún comportamiento desleal.

 

 

 

12 ( y último).- Para terminar quisiéramos desgranar un argumento menos jurídico y más en una línea filosófica, que quizá a Uds. les resulte menos interesante pero que, de alguna manera, pudiera interesar a sus representadas:

 

A tenor de lo publicado en la prensa creemos entender que Caja de Ahorros de Alicante, Castellón y Valencia, Bancaja, ya no existe como tal.

 

Sí existe la Fundación Bancaja, pero en cualquier caso la pregunta puede referirse a una de ellas o las dos:

 

 

 

¿Quién es el titular o propietario de Bancaja ( caso de existir) o de la Fundación Bancaja?

 

 

 

Entendemos que, por su misma constitución y estructura societaria, la Fundación Bancaja no es patrimonio de sus rectores ni siquiera de los rectores de sus rectores.

 

 

 

La fundación Bancaja es de todos los ciudadanos, en principio, de la Comunidad Valenciana.

 

Si bien el ordenamiento jurídico hace que la dirección de estas empresas recaiga en personas determinadas, estas personas son en última instancia meros representantes de los ciudadanos.

 

A tal efecto, y al menos en la empresa matriz, Bancaja, los órganos de gobierno eran elegidos, al menos parte de ellos, por los ciudadanos a través y proporcionalmente de los representantes del pueblo valenciano en la figura de sus diputados. En otra parte clientes, empleados, asociaciones ciudadanas de consumidores, e incluso la entidad fundadora aportaban integrantes de los órganos de gobierno. El que la perversión del sistema, la escasa dedicación o preparación de las personas elegidas e incluso las actuaciones que, pudiendo ser delictivas, están investigándose en la actualidad por la justicia, no desvirtúan el hecho principal:

 

Que lo que podríamos llamar “nuda propiedad” tanto de Bancaja como de Fundación Bancaja es de todos y cada uno de los ciudadanos (o como ahora parece obligado decir, ciudadanos y  ciudadanas).

 

Tan es así, que de ello se desprende la misma existencia de la Obra Social, como instrumento obligado de revertir en la sociedad los beneficios alcanzados, entendiéndose por tanto que vuelven los beneficios a los tenedores de la propiedad.

 

Y todo ello es más acusado aún en el caso de la Fundación, mero instrumento para el fin. La fundación Bancaja, tenga el patrimonio que tenga y la dirija circunstancialmente quien la dirija, es el instrumento de la Obra Social y por tanto su propiedad es de todos, incluido en ese “todos” los ciudadanos individualmente o agrupados en asociaciones que, como es el caso, pretenden además ayudar a que pervivan los valores de retorno a la sociedad en su conjunto, de los beneficios sociales, sin sectarismos, sin amiguismos, sin nepotismos y sin tantos otros defectos como, a nuestro juicio, podían estar llevándose  a cabo actualmente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Creemos que, con todos los argumentos expuestos, puede quedar zanjada la cuestión y podremos seguir usando las denominaciones que tenemos registradas y los símbolos que tenemos autorizados, siempre dentro de los cauces legales en las que nos movemos como asociación sin ánimo de lucro.

 

 

 

No obstante lo cual, si sus representadas o mandantes insisten en emplear otros cauces legales, no duden de que haremos valer nuestros derechos en la medida en que nos aconsejen nuestros asesores legales y, por supuesto, haremos uso de nuestra prerrogativa a llevar este litigio ante la opinión pública, ante los medios de comunicación, ante los representantes políticos de los ciudadanos y ante cuantas otras instancias nos parezcan oportunas para defender los derechos y conseguir los fines de nuestra asociación “Salvar la Fundación – Salvem la Fundació”.

 

 

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

 

 

 

 

Asociación SALVAR LA FUNDACIÓN

 

 

 

Andrés Tatay – Presidente

 

Enrique Rincón de Arellano – Vicepresidente

 

Javier Carbonell Pérez – Secretario

 

 

 

 

 

Firma : Andrés Tatay

 

 

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